martes, 22 de marzo de 2011

REGLAS PARA LA COLOCACIÓN DE VALORES GUBERNAMENTALES

Con fines de brevedad, en estas reglas podrá designarse a los Certificados de la Tesorería de la Federación denominados en moneda nacional, CETES; a los Bonos de Desarrollo del Gobierno Federal denominados en moneda nacional, BONDES y a los denominados en unidades de inversión, UDIBONOS; a todos estos valores, conjunta o separadamente, VALORES, y a la S.D. Indeval, S.A. de C.V., Institución para el Depósito de Valores, INDEVAL.

R E G L A S

1. POSTORES
1.1 Sólo podrán presentar posturas y, por lo tanto, adquirir VALORES en colocación primaria conforme al procedimiento de subastas previsto en las presentes reglas, las personas siguientes:

1.11. Casas de bolsa del país;

1.12. Instituciones de crédito del país;

1.13. Sociedades de inversión del país, y

1.14. Otras personas expresamente autorizadas para tal efecto por el Banco de México. La
autorización correspondiente podrá limitarse o revocarse, en cualquier tiempo, por el propio Banco Central.

1.2 Salvo tratándose de las sociedades de inversión reguladas por la Ley de Sociedades de Inversión, quienes presentarán sus posturas por conducto de la sociedad operadora de sociedades de inversión que les preste los servicios de administración de activos, las personas antes citadas deberán actuar siempre por cuenta propia.

El Banco de México no recibirá posturas, por el tiempo que al efecto determine, de las personas antes citadas que, a juicio del propio Banco, no cumplan con las disposiciones aplicables o no se ajusten a sanos usos o prácticas del mercado de valores.


2. TIPOS DE SUBASTAS.

Las subastas podrán ser:

2.1 A tasa o precio único: que son aquéllas en las que los VALORES se asignan a partir de la mejor postura para el emisor y en las que todas las posturas que resulten con asignación se atienden a la misma tasa o precio, según corresponda, y

2.2 A tasa o precio múltiple: que son aquéllas en las que los VALORES se asignan a partir de la mejor postura para el emisor y dichos VALORES son asignados a la tasa o precio solicitado.




3. CONVOCATORIAS.

El Banco de México pondrá a disposición de las personas mencionadas en el numeral 1. las
convocatorias a las subastas, a partir de las 12:00 horas del último día hábil de la semana inmediata anterior a aquélla en que se efectuará la subasta de que se trate, a través de su página electrónica en la red mundial (Internet) que se identifica con el nombre de dominio: www.banxico.org.mx o a través de cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación autorizado al efecto por el Banco de México, a menos que el propio Banco dé a conocer otra fecha u horario para alguna convocatoria en particular.
Dichas convocatorias darán a conocer las características de las subastas y de los VALORES, y deberán referirse a valores de una misma clase, indicando: la fecha de colocación; el número de la convocatoria; la clave de la emisión; el tipo de subasta de que se trate; el monto máximo ofrecido en cada convocatoria, así como las demás características de las subastas respectivas.


4. POSTURAS.

4.1 TIPOS DE POSTURAS

4.11. Posturas para subastas a tasa o precio único. Tratándose de CETES, el postor deberá indicar el monto y la menor tasa de descuento a la que esté dispuesto a adquirir los VALORES objeto de la subasta. Dicha tasa se expresará en forma porcentual, cerrada a centésimas, en términos anuales y con base en años de 360 días. Tratándose de BONDES y UDIBONOS, el postor deberá indicar el monto y el mayor precio unitario al que esté dispuesto a adquirir los VALORES objeto de la subasta. Dicho precio se expresará cerrado a cienmilésimos. En el caso de BONDES y UDIBONOS emitidos con anterioridad a la fecha de colocación el citado precio no deberá incluir los intereses devengados no pagados durante el periodo de intereses vigente.

4.12. Posturas para subastas a tasa o precio múltiple.

Las posturas sólo podrán ser competitivas. Tratándose de CETES, el postor deberá indicar un monto y la tasa de descuento a la que desea adquirir los VALORES objeto de la subasta. Dicha tasa se expresará en forma porcentual, cerrada a centésimas, en términos anuales y con base en años de 360 días. Tratándose de BONDES y UDIBONOS, el postor deberá señalar el monto de BONDES o UDIBONOS y el precio unitario al que desea adquirir los mismos. En el caso de BONDES y UDIBONOS emitidos con anterioridad a la fecha de colocación, el citado precio no deberá incluir los intereses devengados no pagados durante el periodo de intereses vigente.

4.2 LÍMITES DE LAS POSTURAS

Las posturas que se presenten en las subastas, se sujetarán a los límites siguientes:
4.21. La suma de los montos de las posturas que presente cada postor, para la subasta definida en cada convocatoria, no deberá exceder del sesenta por ciento del monto máximo ofrecido para dicha subasta.

4.22. Los postores señalados en el punto 1.14., deberán cumplir con los límites y demás requisitos de carácter general que, en su caso, determine el Banco de México.

4.3 PRESENTACIÓN DE LAS POSTURAS

4.31. Los interesados deberán presentar sus posturas por conducto del Sistema de Atención a Cuentahabientes del Banco de México (SIAC-BANXICO), a través de cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación autorizado al efecto por el Banco de México, o bien, en solicitudes que elaboren conforme a alguno de los modelos que se adjuntan en el apéndice 1 de las presentes reglas, según correspondan a cada uno de los VALORES de que se trate. Las claves de acceso, de identificación y, en su caso, de operación, establecidas para el uso de medios electrónicos de cómputo o telecomunicación, sustituirán a la firma autógrafa por una de carácter electrónico, por lo que las constancias documentales o técnicas donde aparezcan, producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos suscritos por las partes y, en consecuencia, tendrán igual valor
probatorio.

4.32. Cada postor podrá presentar una o más posturas en una misma subasta. Las posturas
presentadas en una misma solicitud deberán estar referidas exclusivamente a una misma emisión.

Las posturas deberán presentarse especificando el monto, a valor nominal de los VALORES solicitados, en cantidades redondeadas a cinco mil pesos o múltiplos de esa cantidad, si se trata de CETES o BONDES.

Las posturas respecto a UDIBONOS deberán presentarse especificando el monto, a valor nominal, en cantidades redondeadas a cinco mil unidades de inversión o múltiplos de esa cantidad.

4.33. Las posturas deberán presentarse el segundo día hábil bancario inmediato anterior a la fecha de colocación de los VALORES por subastar, a más tardar a las 13:30 horas. El Banco de México podrá dar a conocer otra fecha u horario para alguna subasta en particular.

Lo anterior, en el entendido de que tratándose de posturas que se presenten conforme a los modelos que se adjuntan en el apéndice 1, deberán entregarse a la Gerencia de Operaciones Nacionales del Banco de México en sobre cerrado acompañadas de una carta de presentación. Ambos documentos deberán estar suscritos por los mismos representantes, debidamente autorizados por el postor, y la carta deberá mostrar el conocimiento de firmas otorgado por la Oficina de Operación de Cuentas de Efectivo del Banco de México, por lo que dichas firmas deberán estar registradas en la citada Oficina. (Modificado por la Circular-Telefax 13/2002).

4.4 EFECTOS DE LAS POSTURAS

4.41. Las posturas presentadas al Banco de México por conducto del SIAC-BANXICO, a través de cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación autorizado al efecto por el propio Banco de México, o bien, conforme a los modelos del apéndice 1, surtirán los efectos más amplios que en derecho corresponda, e implicarán la aceptación del postor a todas y cada una de las presentes reglas y a los términos y condiciones establecidos en la convocatoria en la que el Banco de México comunique las características particulares de cada subasta. Toda postura tendrá carácter obligatorio para el postor que la presente y será irrevocable.

4.42. El Banco de México podrá dejar sin efecto la solicitud o las posturas que reciba si las mismas no se ajustan a las presentes reglas o a lo señalado en la convocatoria correspondiente; no son claramente legibles; tienen enmendaduras o correcciones, o bien se encuentren incompletas o de alguna manera incorrectas.

Asimismo, el Banco de México podrá rechazar posturas respecto de una o más emisiones si a juicio del propio Banco la participación de las mismas, por sus características, pudieren producir efectos inconvenientes en los objetivos de regulación crediticia, de financiamiento al Gobierno Federal, o de un sano desarrollo del mercado de valores en particular o del mercado financiero en general El Banco de México informará a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre las posturas que, en términos del párrafo inmediato anterior, no participen en las subastas.

5. ASIGNACIÓN.

5.1 SUBASTAS A TASA O PRECIO ÚNICO

5.11. A tasa única. En el caso de CETES se asignarán las posturas conforme al orden ascendente de las correspondientes tasas de descuento, sin exceder el monto máximo señalado en la convocatoria. La tasa única de la subasta a la que se asignarán los VALORES de que se trate, será la que corresponda a la última postura que reciba asignación, no obstante que no haya sido atendida por completo en su monto.

5.12. A precio único. En las subastas a precio único de BONDES o UDIBONOS, se asignarán las posturas conforme al orden descendente de los correspondientes precios unitarios, sin exceder el monto máximo señalado en la convocatoria.

El precio único de la subasta al que se asignarán los VALORES de que se trate, será el que
corresponda a la última postura que reciba asignación, no obstante que no haya sido atendida por completo en su monto.

5.2 SUBASTAS A TASA O PRECIO MÚLTIPLE

5.21. A tasa múltiple.
Tratándose de CETES se asignarán las posturas conforme al orden ascendente de las
correspondientes tasas de descuento, sin exceder el monto máximo indicado en la convocatoria. Los VALORES de cada postura serán asignados precisamente a la tasa que se indique en la propia postura.

5.22. A precio múltiple.

Tratándose de BONDES y UDIBONOS, el monto máximo indicado en la convocatoria se
distribuirá asignando las posturas conforme al orden descendente de los correspondientes precios unitarios sin exceder el monto máximo indicado en la convocatoria. Los VALORES de cada postura serán asignados precisamente al precio unitario que se indique en la propia postura.

5.23. Disposiciones comunes. Con base en las posturas que hayan recibido asignación, se determinará la tasa promedio ponderada o el precio promedio ponderado de la subasta, según corresponda.

5.3 DISPOSICIONES COMUNES A TODAS LAS SUBASTAS

5.31. En caso de haber posturas empatadas a cualquier nivel y el monto por asignar no fuere suficiente para atender tales posturas, las mismas se atenderán a prorrata de su monto.

5.32. El Gobierno Federal podrá determinar en cualquier subasta, la tasa de descuento máxima o el precio unitario mínimo -según corresponda- al que esté dispuesto a colocar los VALORES objeto de la propia subasta. En estos casos, las posturas con tasas mayores o con precios menores no serán atendidas.

5.33. Las asignaciones de CETES y BONDES se efectuarán en montos, a valor nominal, cerrados a miles de pesos. Las asignaciones de UDIBONOS se efectuarán en montos, a valor nominal, cerrados a miles de unidades de inversión.

6. RESULTADOS.

El Banco de México informará a cada postor en lo particular a más tardar a las 10:30 horas del día hábil inmediato siguiente a aquél en que se haya realizado la subasta de que se trate, por conducto del SIAC-BANXICO, el resultado de la cantidad de VALORES que, en su caso, le hayan sido asignados y los precios totales que deberá cubrir por dichos VALORES.
Asimismo, pondrá a disposición de todos los postores por conducto de su página electrónica en la red mundial (Internet) que se identifica con el nombre de dominio: www.banxico.org.mx o a través de cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicación autorizado al efecto por el propio Banco de México, a más tardar a las 18:30 horas del día en que se haya celebrado la subasta, los resultados generales de tal subasta. La información correspondiente a los resultados generales de una subasta se mantendrá a disposición de los postores a través del medio mencionado, hasta en
tanto se incorporen los resultados de una nueva subasta en los términos antes señalados.
A partir de la fecha de colocación de los VALORES de que se trate, la Oficina de Servicios
Bibliotecarios del Banco de México mantendrá a disposición de los interesados información sobre las posturas recibidas en cada subasta y el monto de VALORES asignados a cada una de ellas, sin indicar el nombre del postor. La información histórica correspondiente a todas las subastas realizadas por el Banco de México se mantendrá a disposición de los interesados en la Oficina mencionada.

7. ENTREGA DE LOS VALORES Y PAGO DE SU PRECIO.

7.1 El Banco de México, actuando como agente financiero del Gobierno Federal, con fundamento en el artículo 2312 del Código Civil Federal, se reservará la propiedad de los VALORES objeto de compraventa, hasta el momento en que el postor efectúe el pago del precio correspondiente de conformidad con lo previsto en el presente punto.

7.2 La entrega de los VALORES asignados será a través del INDEVAL, el día en que se lleve a cabo la colocación de dichos VALORES, mediante el correspondiente depósito en la cuenta que le lleve INDEVAL a cada postor.

Tratándose de los postores a que hacen referencia los puntos 1.13. y 1.14., éstos recibirán y liquidarán sus valores en términos de 7.42 Para determinar el importe en moneda nacional de los UDIBONOS asignados, se utilizará la equivalencia aplicable en la fecha de colocación de tales VALORES, en términos de lo dispuesto en el Decreto por el que se establecen las obligaciones a denominarse en Unidades de Inversión y reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de abril de 1995.

Tratándose de subastas de UDIBONOS y BONDES emitidos con anterioridad a su fecha de colocación, la liquidación de los mismos deberá realizarse sumando al precio unitario solicitado o asignado, los intereses devengados no pagados, desde la fecha de su emisión o último pago de intereses según corresponda, hasta la fecha de liquidación.

7.3 Salvo por lo dispuesto en el numeral M.43.3 de la Circular 2019/95, en caso que un postor no efectúe el pago total de los VALORES que le hayan sido asignados, el Banco de México podrá, sin necesidad de declaración judicial, rescindir la compraventa por el monto no cubierto. Sin perjuicio de lo anterior, el Banco de México podrá inhabilitar a dicho postor para participar en subastas para la colocación primaria de VALORES.

7.4 El pago se efectuará de la manera siguiente:

7.41. Las casas de bolsa y las instituciones de crédito referidas en los puntos 1.11. y 1.12., deberán realizar el pago de los VALORES en términos de lo dispuesto en el reglamento interior de INDEVAL.

7.42. Las personas referidas en los puntos 1.13. y 1.14. deberán efectuar el pago y la recepción de los VALORES a través de una institución de crédito o casa de bolsa. Al efecto, la institución de crédito o casa de bolsa deberá enviar a la Gerencia de Operaciones Nacionales del Banco de México una comunicación en términos del Apéndice 2. (Modificado por la Circular-Telefax 13/2002).

8. DISPOSICIONES GENERALES.

8.1 Para información del mercado, el Banco de México hará del conocimiento del público en general las características de las subastas, a través de su página electrónica en la red mundial (Internet) que se identifica con el nombre de dominio: www.banxico.org.mx o a través de cualquier otro medio electrónico de cómputo o telecomunicación autorizado al efecto por el propio Banco de México.

8.2 Todos los horarios a que se refieren las presentes reglas se encuentran referidos al huso horario de la Ciudad de México, Distrito Federal.

En el evento de que por caso fortuito o fuerza mayor no pudieren darse a conocer las convocatorias o los resultados de las subastas, de conformidad con lo señalado en los numerales 3. y 6., el Banco comunicará oportunamente el procedimiento aplicable para dar a conocer tales convocatorias o los resultados de las correspondientes subastas.

17 comentarios:

José Enrique Rivas Colombo dijo...

Colocación de Valores Gubernamentales.
Inicialmente es muy importante tomar en cuenta que la colocación primaria de valores tiene diversos lineamientos y reglas que señalan e incluso delimitan a los participantes o postores en este proceso, y salvo autorización expresa de Banco de México, únicamente pueden participar las Casas de Bolsa, Instituciones de Crédito y Sociedades de Inversión del país. Además existen límites en la adquisición, ya que la suma de los montos de las posturas que presenta cada postor para la subasta definida en cada convocatoria, no podrá superar el 60% del monto máximo ofrecido en la subasta.
El Gobierno Federal es quien determina la tasa de descuento máxima o el precio unitario mínimo al que esté dispuesto a colocar los valores objeto de la subasta. En este caso, las posturas con tasas mayores o con precios menores no son atendidas.
Asimismo es de conveniente resaltar que toda postura tendrá el carácter de obligatoriedad y será irrevocable, y que en caso de haber posturas empatadas se atenderán a prorrata de su monto.
El Banco de México informará en lo particular a cada unos de los postores, el resultado de la cantidad de valores que, en su caso, le hayan sido asignados y los precios totales que deberá cubrir por los mismos. Lo anterior, dentro de este proceso de colocación de valores, refleja que existe muy poca, por no decir nula transparencia en la asignación realizada, aunado a lo anterior, el hecho de que la Oficina de Servicios Bibliotecarios del Banco de México mantenga la información sobre las posturas recibidas en cada subasta y el monto de valores asignados en cada una de ellas, sin indicar el nombre del postor, lo confirma.

Fernando dijo...

Las reglas para colocación de valores gubernamentales son claras y es un proceso que se ha ido perfeccionando con el tiempo, se delimita quienes pueden participar en la colocación y los montos máximos, también nos indica que se pueden rechazar propuestas si se considera que van en contra de los objetivos de BANXICO.
Al final BANXICO es quien informa quienes resultaron ganadores en este proceso y los montos.
el proceso es largo y en este momento donde el tiempo es un factor determinante en la toma de decisiones puede ser un factor decisivo en las decisiones de los participantes y BANXICO ya que en ese tiempo las condiciones de mercado pueden cambiar drasticamente

Lau Davila dijo...

Como sabemos para que cualquier tipo de sistema funcione correcta y oportunamente se necesita que existan reglas concisas y claras para establecer las condiciones con las cuales se deberá entrar a los mercados. En este caso el sistema financiero no es una excepción por lo que para comprar valores gubernamentales se establecen lineamientos, de esta manera se logran alcanzar satisfactoriamente los objetivos del sistema. Si no existieran una regulación adecuada provocaría el mal funcionamiento lo que generaría irregularidades que tal vez sean difícil de controlarse.
El objetivo de cualquier negocio es ganar por lo que el objetivo del sistema financiero es captar, administrar y canaliza la inversión, siguiendo a los reglamentos establecidos.

Unknown dijo...

Cuando hablamos y estudiamos los mercados financieros solemos encontrarnos con una gran diversidad de instrumentos. Incluso se habla de los instrumentos carentes de riesgo, los cuales generalmente se relacionan con aquellos emitidos por instancias gubernamentales. Aunque en recientes años esto se ha puesto en tela de juicio, pues el que dichos instrumentos sean emitidos por un gobierno hoy en día no los exime de dichos entes queden faltos de liquidez para asumir dichas responsabilidades. Cierto es que a pesar de ello la impresión de que un gobierno quede en dicha posición es cuando no hay salida alguna. Por ello estos instrumentos son muy solicitados a pesar de que varios países como Portugal, Italia, Grecia y España estuvieron al borde del colapso en cuanto a su deuda y por consiguiente a su economía total.

Si bien es cierto que el instituto emisor o banco central de cada país cumple diversas funciones, en México desde siempre ha actuado como el agente financiero y colocador de instrumentos gubernamentales. Y si bien en nuestro país está ya bien definida la autonomía del instituto emisor central, este sigue guardando una estrecha relación con el gobierno federal. La autonomía puede estar dispuesta en la ley, pero lo cierto es que hasta cierto punto pues sabemos que estos instrumentos que emite el gobierno al mismo tiempo son instrumentos que sirven al banco central para alcanzar sus otras metas y funciones, como el control de la inflación y por tanto velar por el poder adquisitivo de la moneda. Y al mismo tiempo el gobierno federal puede fondearse, pero como todo intermediario este cobra de alguna forma; tal vez ese pago sea precisamente que el papel del gobierno federal pueda ser usado como instrumento de política monetaria.

Dicha situación vuelve a poner sobre la mesa un tema sobre que tan autónomo debe ser y cuanto en la realidad lo es el Banco Central, no sólo en México, sino en todo el mundo. Algunos como los franceses creen que dicha institución debe permanecer engarzado en el propio gobierno “central” pues sólo en concordancia con la política fiscal, la política monetaria será útil y viceversa y así el gobierno alcanzara a cumplir a lo que esta llamado, crear bienestar para la población.

En el caso de BANXICO, tanto como institución y su marco regulatorio, es de vanguardia y reconocido en el ámbito internacional, no cabe duda que ha sido útil y ha mejorado las condiciones de nuestro país, al haber dejado de ser la fábrica de hacer billetes del gobierno. Tal vez cada país debe encontrar su “puesta a punto” como se dice en el automovilismo, y al ver las reglas de las subastas se puede observar que no son subastas faltantes de sofisticación, al contrario a mi parecer son bastante completas y claras todas las reglas y por tanto la metodología. Eso no quiere decir que sean perfectas, siempre serán perfectibles como todo lo hecho por el hombre, la clave es hacer esos “ajustes a la máquina” para que siga funcionando óptimamente…

Enrique Meza dijo...

El tema de los valores gubernamentales es sumamente interesante, ya que se trata de un mecanismo que utiliza el Gobierno de nuestro país para lograr algunos fines específicos, como el de allegarse de recursos para su funcionamiento o para la ejecución de sus planes, y también para controlar la inflación al retirar dinero de la circulación, lo que ocasiona un alza en las tasas de interés que a su vez traerá ciertos efectos en la economía nacional; es como activar o desactivar palancas para lograr los efectos deseados. Si lo vemos desde ese punto de vista, la operación de valores gubernamentales debería traer bienestar a la sociedad en general, esté inmersa o ajena en estos temas.

Por otro lado, si hablamos de las reglas que existen para la colocación de esos valores gubernamentales, como los CETES, BONDES y UDIBONOS, considero que son demasiado técnicas y que se necesita de conocimientos muy especializados para entrar en ese terreno, además que por tratarse de inversiones sin riesgo, no dejan grandes ganancias. No obstante lo anterior, lo que observo es que es muy atractivos para ciertas entidades. Esto me lleva a pensar que no existe un gran número de personas que domine este mundo, y que por tal motivo quienes puedan participar deban ser miembros de Casas de Bolsa, Instituciones de crédito, Sociedades de inversión y uno que otro elegido con autorización de Banco de México.

Si consideramos lo anterior, creo que el acceso a estos valores se vuelve exclusivo de instituciones financieras fuertes, quienes siempre logran obtener beneficios de este tipo de operaciones, lo cual es injusto para aquellas entidades que no cuentas con la solidez necesaria para conseguirlos, ya que estas no pueden acceder a inversiones sin riesgo con el Gobierno sin la necesidad de acudir a intermediarios como las entidades mencionadas, mismas que ganan por donde quiera que se vea. Supongo que por este motivo últimamente se han creado ciertos instrumentos financieros indizados a tasa CETE, con el propósito de que un mayor número de personas pueda beneficiarse de estos valores, sin embargo su volumen es tan bajo que no se compara con los grandes montos operados por las instituciones que manejan los recursos y que al final seguirán siendo intermediarios y continuarán ganando por un medio u otro.

Antonio Mañón Macías dijo...

Considero sumamente interesante el conocer una forma más en la que se manifiesta el sistema financiero mexicano a través de subastas.
Como menciona la lectura, existen diferentes tipos de subastas, posturas y un proceso regulado para llevarlas a cabo en cada una de sus posibles alternativas.

Las subastas se han convertido en un método predominante para vender títulos gubernamentales, con el objetivo de maximizar el ingreso para el erario federal por su venta. Ello, a pesar del actual debate entre teóricos y entre diseñadores de política económica sobre cuál formato particular de subasta produce mayores ingresos. Sin embargo, debido a las sumas enormes de dinero implicadas, en la consecución de la meta de maximizar ingresos las agencias encargadas de dichas ventas son muy sensibles a la necesidad de evitar respuestas innecesarias que podrían ahuyentar a los inversionistas de los mercados.

El objetivo de emitir valores gubernamentales de Banxico mediante el mecanismo de subasta, consiste en dejar al mercado la determinación de la tasa de interés, lo que propicia una mejor referencia y una aplicación más efectiva de la política monetaria, sin olvidar que como todo proceso financiero debe tener una regulación.

El propósito fundamental de esta regulación financiera es promover la acumulación de capital y la asignación de recursos eficaz y eficientemente, mientras se mantiene la seguridad y solidez de las instituciones financieras que aceptan los depósitos del público. Además, la supervisión también debe aspirar a encontrar el punto de equilibrio entre mantener la solvencia para proteger el sistema y permitir que los bancos adopten las innovaciones necesarias para permanecer competitivos.

¿Qué más nos dicen las subastas?

Asimismo, considero que la política de colocación de valores gubernamentales está basada en un manejo prudente y eficaz de la deuda pública, lo cual constituye un factor imprescindible para garantizar un ambiente de estabilidad y certidumbre económica, pues es la técnica que utilizan la mayoría de los gobiernos para vender su deuda, y traspasarla al sector privado.

Unknown dijo...

La verdad no tenia idea de que el proceso de colocación fuera tan complejo y complicado, está lectura nos da un amplio panorama de uno de los procesos más importantes para el gobierno , en cuestión de financiamiento, control de tasas de interés e inflación.

A la lectura le falto comentar más acerca de las funciones y lineamientos del S.D indeval, así como la importancia de este.También le faltó incluir el tema de la apertura de los CETES al gran público inversionista y el mecanismo por el cual opera.

como conclusión , me hubiera gustado que se enfocara en cómo el banco calcula la tasa con la cuál ofertar los CETES , UDIBONOS , etc.

Francisco dijo...

El Banco de México tiene la función de llevar a cabo la política monetaria en el país y teniendo como principal objetivo mantener la inflación y la liquidez en la economía, un mecanismo para llevar a cabo este propósito es la colocación de bonos a una tasa determinada.

La colocación de Valores Gubernamentales en México (Cete, bondes, etc.) es un procedimiento relativamente complicado y hablando específicamente del instrumento “referencia” del Banco de México, el CETE, este funciona mediante un sistema en el que todos los jugadores conocen y acatan las reglas, bien establecidas , sabiendo que no es el más justo ni el mejor, sin embargo en nuestro país el sistema de subastas se da gracias a la desconfianza que existe con las instituciones de este país y no por la situación actual, es por el resultado de varios años en crisis y corrupción, por ejemplo, en EUA la FED determina la tasa de interés sin usar el procedimientos de subastas y esto se da ya que la ciudadanía confía en que la tasa emitida es la indicada u oportuna en cierto tiempo.

Es un hecho que en México este sistema funciona y en mi punto de vista es el indicado bajo los parámetros indicados anteriormente.

Unknown dijo...

Las subastas que efectúa Banxico son una de las herramientas que utiliza para cumplir sus objetivos. Por medio de estas subastas es que se inyecta liquidez al mercado dotando a los bancos comerciales de la cantidad de dinero que necesitan para operar y es a través de la tasa de interés como de determina el monto requerido.

La manera en la que se efectúan estas subastas permiten que los participantes busquen realizar una mejor oferta lo que al final de vera reflejado en sus operaciones.

Adrián Meléndez dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Adrián Meléndez dijo...

El Banco de México como Institución vigía de las finanzas del país está encargado de regular las operaciones financieras que influye en la economía de esta nación. De esta manera está encargado de realizar convocatorias a subastas de valores gubernamentales como lo son CETES, BONDES Y UDIBONOS.

Las reglas para la colocación de valores gubernamentales juegan como todo reglamento un papel determinante en la manera de realizar operaciones en nuestro país.

Es sumamente importante limitar a los participantes en la colocación de estos valores, los postores que son las Casas de bolsa, las Instituciones de crédito, Sociedades de Inversión y personas Autorizadas por el Banco de México.

De la misma forma es muy específica en el tipo de subastas que se pueden realizar dependiendo del tipo de tasa. El postor manifiesta su postura, y si esta es aceptada por el Banxico, se asignarán dichos valores al postor anunciándolo a través de su página de internet.

Como cualquier reglamento gubernamental este puede ser complicado y sumamente burócrata, aun para esta época de recursos electrónicos, no imagino como habrá sido en el pasado, y esto sumado a la desconfianza en el país, casi podría asegurar que son guerras encarnizadas por la colocación de estos valores.

Ana Ocampo dijo...

La Colocación de Valores Gubernamentales: Este lectura estuvo muy interesante puesto que nos va explicando las dudas que cualquier postor pudiera tener respecto a la colocación de valores gubernamentales, adicional a leer esta circular quise saber que tan fácil o difícil era el obtener estas reglas y o procedimiento que debiera seguir un postor y mi sorpresa fue que el documento salió en la primera búsqueda con acceso directo a Banco de México, esto me da una gran idea de lo importante que se convierte para los postores el tener toda la información a la mano, mas sabiendo que la tasa de los CETES hace un día alcanzó su mayor alza en 2 años, así como también las recientes colocaciones de UDIBONOS en mercados de deuda local con rendimientos de 3.5% a la fecha de vencimiento, programada en 2020.

En general el proceso que se debe de manejar en la colocación de valores gubernamentales es muy fácil de digerir y de fácil acceso, así pues las reglas del juego estan para el público en general y nuevos postores que tuvieran interés en accesar a estas colocaciones. Ahora bien esta claro que una ves que se haya entendido el proceso podrá ser repetitivo y constante y con el paso de tiempo se podría llegar a automatizar.

Ana Moreno dijo...

Me parece muy interesante todo el proceso que se lleva a cabo para la colocación de valores gubernamentales, al mismo tiempo cabe señalar que es un proceso previamente delineado y establecido a través de reglas que son claras y concretas, lo que permite que se garantice estabilidad al momento de realizar dichas colocaciones y posteriormente, con esto no quiero decir, que me parezca un proceso sencillo para todos los participantes.

El proceso de colocación de valores gubernamentales es aparte de interesante muy relevante e importante para el Banco de Mexico ya que permite que este cuente con instrumentos de regulación monetaria por medio de las tasas de interés, ya que el Banco de que Mexico es quien realiza la colocación primaria y la secundaria se realiza a través de Casas de Bolsa e Instituciones Financieras. Algo que me parece importante de resaltar es que estos valores cuentan con la garantía del gobierno federal lo cual genera mayor confianza.

La colocación en Mexico me parece en general un proceso que ha venido evolucionando y en cual existen reglas claras lo que permite un buen manejo por parte de Banco de Mexico y de los demás participantes.

Carla Merino dijo...

Al trabajar en el Banco me doy cuenta que es de vital importancia las regulaciones y los controles externos e internos que deben de existir en el mundo financiero y al leer este listado de reglas e instrucciones me pareció que tiene varios excesos y muy complicado, sin embargo también me puse a pensar que el proceso de subastas no solo afecta a un inversionista o a una sola institución, por lo que los controles deben llevarse a una escala superior para asegurar que la economía nacional, que se ve afectada por este proceso, esté de acuerdo a lo que se establece en estas instrucciones y poder hacer uniforme el estudio de los documentos que subasta el gobiernos y sea útil para la economía.
Este nuevo conocimiento me llamo la atención porque muchas veces tomamos como referencia, por ejemplo, la tasa CETE, y no tenemos ninguna idea de cómo es el proceso para llegar a esta.

Unknown dijo...

En esta lectura nos hablan un poco de todo, financiamientos del gobierno, el control interno de la inflación en el país, pero creo que le falta mucha más profundidad en el tema, como que todo lo ve por encima de manera muy general.

A pesar de ser una lectura muy general, es interesante pues nos enseña los tipos de subasta que se manejan, el proceso que se tiene y las posturas que toma el gobierno, entre otras cosas.

Las subastas del gobierno sirven para la venta de sus títulos y con esto fondearse y aumentar su ingreso, esto conlleva una gran regulación financiera que es el concientizar al gobierno a la acumulación de recursos y la buena aplicación de los mismos para así mantener el equilibrio y la solidez en las instituciones financieras.

JJ Felix dijo...

Si bien la lectura ofrece la complejidad técnica y de reglas de juego, creo que la discusión sobre como ser equitativos sin dejar fuera a todos los intermediarios, con el fin de dar mayor juego a los pequeños no está clara, las reglas podrían ser aumentando el monto garantizado a una tasa ponderada, por ejemplo, si la tasa no competitiva es de 4.50 y la ponderada de 4.25, dar un monto garantizado a una tasa de 4.325, que permita ser más incluyente y no afecte tanto, la cantidad o sugerencia de un punto medio es claramente algo muy al azar y trata solo de verter una posibilidad adicional, entendiendo que no se puede incrementar la oferta en monto para no afectar la política monetaria pero si buscar como repartir más el pastel a los que buscan crecer el mercado financiero, de otra forma, se seguirá repartiendo entre los grandes.

Otra discusión sería bajo este mismo espíritu, el poder generar un monto a repartir entre “el público”, ahora que se ”libera” la adquisición de CETES, siento en la lectura que existe mucha exclusividad, entendiendo que se trata de tasas primarias no se puede pensar diferente, pero también cierto ámbito de discrecionalidad al Banxico, por ello, podría tener cabida otro monto garantizado a tasa ponderada a cierto público participante, que bajo x reglas, tenga el acceso similar al dado recientemente.

Es importante tener esquemas que permitan diversificar más y quizá ese atractivo 60% máximo es momento de cuestionarlo y buscar repartirlo más entre un mayor número de participantes, que sin castigar a los jugadores de peso permita una mayor diversificación de participantes que vuelvan el mercado más competitivo.

Unknown dijo...

Las reglas en cuanto a colocación primaria de valores gubernamentales definen entre otras cosas a las personas autorizadas para participar en las subastas, la forma y monto en que podrán hacerlo, así como la entrega de los mismos. Una persona o institución que busque participar en la colocación de valores, ya sean CETES, BONDES y UDIBONOS deberá conocer los lineamientos correspondientes. Como lo mencionan dichas reglas si alguna persona física quiere participar en la subasta lo tendrá que hacer a través de una casa de bolsa o de una sociedad de inversión, ya que las personas físicas no están autorizadas a hacerlo. Las subastas son públicas y cualquier postura que cumpla con los lineamientos y que sea hecha en tiempo tendrá derecho a participar.

Considero que el hecho de que la venta de valores se haga por subasta crea un ambiente competitivo siempre y cuando el gobierno y las instituciones financieras respeten a todas las partes participantes y la competencia sea fidedigna. De esta forma, las diferentes posturas son las que definen las tasas y precios de los valores.

Creo que corresponde a todas las personas interesadas en participar el conocer las reglas de colocación de valores gubernamentales para informarse y poder invertir de manera responsable y con conocimiento de causa.

Por último aunque creo que los lineamientos son muy bastos en su contenido, el sistema de colocación de valores gubernamentales aún es perfectible.